septiembre 8, 2016

¿Qué es el Derecho al Olvido? Borra tu pasado de internet

Es de creciente actualidad hablar de esta cuestión con amigos y familiares, y podemos comprobar como el termino Derecho al Olvido va calando poco a poco en el día a día de la sociedad y las empresas. Lo cierto es que queda mucho por hacer, aún son muy pocos los familiarizados con este concepto: Derecho al Olvido, ¿Sabes lo que realmente es y en qué consiste?

Para empezar como dato curioso, España ha sido uno de los países pioneros en conocer más y más acerca de este derecho. El derecho al olvido recientemente se ha puesto de manifiesto con la sonada y novedosa  Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 13 de mayo de 2.014 en el asunto “Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) c. Google Spain, S.L.”, cuyo fallo introduce la posibilidad efectiva del ejercicio de este derecho en nuestro país.

Prácticamente el Derecho al olvido nace con esta Sentencia dictada por el TJUE, con el fin de garantizar la efectividad del control de la personas sobre informaciones y datos presentes en la red que se refieran a ellas, que resultan obsoletas y cuya difusión actual les perjudica.

Este derecho se concreta en el derecho del ciudadano de poder dirigirse a un concreto motor de búsqueda de Internet (Google, Bing, Yahoo, etc…) y solicitar que un determinado enlace que redirige a una información sea eliminado, es decir si yo identifico una información personal que está publicada en un medio que en su momento era legítima, veraz, pero que sin embargo ha quedado obsoleta o no es pertinente, puedo dirigirme a ese motor de búsqueda y solicitar que el enlace sea eliminado.

Una de las cuestiones más relevantes del debate actual sobre privacidad en la red, es precisamente como manifiesta la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), que con el derecho al olvido, los particulares pueden ejercitar los derechos que les reconoce la Ley orgánica de Protección de Datos (LOPD): “… sea el derecho a cancelar sus datos personales cuando han sido publicados sin su consentimiento y si cobertura legal, o bien el derecho  de oposición, aun cuando su publicación fuere legal, sean objeto de tratamientos posteriores que comportan una multiplicación de esa publicidad, como sucede con los buscadores”

A través del procedimiento de la tutela de derechos que viene regulado en el Reglamento de la LOPD, mediante el cual la Agencia (AEPD), resuelve las reclamaciones presentadas por particulares frente a las vulneraciones de sus derechos ARCO (Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición), se han resuelto un número creciente de reclamaciones relacionadas con el derecho  al olvido: …”cabe proclamar que ningún ciudadano que no goce de la condición de personaje público ni sea objeto de hecho de relevancia pública tiene que resignarse a soportar que sus datos de carácter personal circulen por la red sin poder reaccionar ni corregir la inclusión ilegítima de los mismos en un sistema de comunicación universal como Internet.”

Cifras recientes publicadas hacen referencia que en apenas un año se han solicitado más de doscientas mil peticiones de retirada de contenidos a la propia Google.  Google atendiendo  a esas solicitudes y en atención a los criterios fijados por el propio TJUE, ha atendido de esas reclamaciones (más de 200 .000) de los usuarios, casi un 50% en sentido positivo.

Llama la atención que sólo un 10% de la Pymes muestran interés en lo que pasa en Internet respecto de su marca y de ellas solo un 1% son conscientes de que pueden reclamar el Derecho  al Olvido en Internet.

Queda aún mucho por hacer, pero vamos siendo cada vez más conscientes de cómo actuar que medios y mecanismos existen, cómo y dónde reclamar nuestro derecho al olvido por un pasado que ya fue y quede siempre, nunca mejor dicho, “en el olvido”.

Desde Lemat Abogados os invitamos a preguntar cualquier duda que tengáis y asesoraros en relación a este Derecho al olvido digital, cómo reclamar, en qué casos y de forma personalizada a fin de salvaguardar vuestros derechos.

 

Mª Teresa Dueñas Gámez

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