
diciembre 5, 2018
Devolución del IRPF por las prestaciones por maternidad y paternidad
Tras la sentencia 146/2018 del Tribunal Supremo, de 3 de octubre 2018, las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad Social están exentas del IRPF, extendiendo esta doctrina la DGT a las prestaciones por paternidad percibidas de la Seguridad Social.
El IRPF por maternidad y/o paternidad lo podrán pedir aquellos que fueran beneficiarios de la prestación en los años 2014, 2015, 2016 y 2017. Aquellos que recibieron la prestación en 2014 o 2015, podrán solicitar a partir del lunes 3 de diciembre 2018 a través de un formulario disponible en la página web de la Agencia Tributaria www.agenciatributaria.es.
Sin embargo, los que la percibieron en 2016 y 2017 deberán esperar hasta enero 2019, cuando Hacienda facilite el formulario para solicitar la rectificación de las declaraciones de dichos años. Para aquellos que han sido padres y madres este año, se encuentran automáticamente exentos y su situación se verá regularizada en la próxima declaración del IRPF.
El método para realizar la reclamación es el siguiente: los afectados deben aportar su nombre y apellidos, el año o años en los que recibieron la prestación y su número de cuenta bancaria a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria el sistema RENO, clave PIN o certificado electrónico. De igual manera, podrán acudir físicamente ante las oficinas de la Agencia Tributaria.
Hacienda estima que la media de la devolución por maternidad asciende a una cuantía de 1.600€, mientras que por paternidad será de 383€. Sólo tendrán derecho de cobrar intereses de demora en el caso que la declaración del año correspondiente saliera positiva, sin embargo, los que presentaran declaración negativa no tendrán derecho a cobrar dichos intereses de demora.
Respecto a los funcionarios, la STS considera que, puesto que las prestaciones por maternidad no deben tributar, los funcionarios públicos no perciben ningún tipo de prestación por maternidad o paternidad ya que siguen cobrando su sueldo. El Gobierno considera esta no extensión del beneficio fiscal a los funcionarios injusto, por lo que, según afirmó Montero, Hacienda propondrá un “cambio legislativo para que los funcionarios puedan beneficiarse de esa exención del IRPF”
Ana Irene García Morán