
mayo 25, 2017
El Bullying, qué es y cómo identificarlo
La regulación en nuestro país sobre el bullying o acoso escolar dependerá si se trata de mayores de 18 años o, por el contrario, el acosador es menor de edad. En el primer caso, en el Código Penal no viene regulado ningún delito que abarque el bullying, sin embargo, todo lo concerniente al acoso escolar se inserta dentro del delito de trato degradante de referenciado Código Penal, regulado en el artículo 173.1, y será castigado con una pena de prisión de seis meses a dos años.
Por el contrario, si el acosador es menor de edad, será de aplicación el art. 8 del Real Decreto 732/1995, de 5 de mayo de 1995 que regula los Derechos y deberes de los alumnos y las normas de convivencia en los centros, y estipula que son la Administración educativa y los órganos de dirección del centro docente los agentes responsables de frenar el acoso escolar con aquellas medidas necesarias para garantizar el bienestar de la persona que se halle sufriendo acoso escolar, es decir, mediante sanciones, expulsiones, informando a sus familiares con el fin de que estos intercedan de inmediato, reuniones con padres y con alumnos, etc.
Conforme al art. 1 de la Ley 26/2015, de 28 Julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, los menores tienen que respetar a los profesores y otros empleados de los centros escolares, así como al resto de sus compañeros, evitando situaciones de conflicto y acoso escolar en cualquiera de sus formas, incluyendo el ciberacoso.
Elementos requeridos para que se considere bullying:
– Desequilibrio de poder: ejercicio de la fuerza verbal, física o psicológica del acosador respecto del acosado.
– Intencionalidad: Un deseo consciente de herir, amenazar o asustar por parte de un alumno frente a otro.
– Reiteración: la acción agresiva se repite en el tiempo y genera en la víctima la expectativa de ser blanco de futuros ataques.
A mayor abundamiento, todo centro educativo tiene la obligación de realizar un seguimiento constante destinado a asegurarse que las normas de convivencia son cumplidas, este trabajo será examinado por la Inspección Técnica de Educación. En casos más graves, cuando el centro educativo y el personal encargado de dar cumplimiento a las normas de convivencia, o puedan controlar este acoso escolar, la situación deberá ser denunciada ante la Justicia.
Si el acosador es menor de 14 años, el Derecho Penal no intervendrá, haciéndolo la Fiscalía de Protección de Menores a través d ela Ley Orgánica de Responsabilidad del menor.
Derechos fundamentales afectados
El acoso escolar atenta contra la dignidad del niño y sus derechos fundamentales (art. 10.1 CE).
Concretamente, la dignidad de la persona, su libertad personal, su integridad física y moral, su intimidad, su honor, entre otros valores constitucionalmente protegidos.
Los tipos de acoso
- Acoso Verbal: Es el más habitual y consiste en insultos, motes despectivos, humillaciones y propagación de rumores entre otros, que se dan de manera reiterada en el tiempo.
- Acoso Social: Cuando mediante actitudes peyorativas se logra el aislamiento de la víctima.
- Acoso Psicológico: Consiguen el miedo de la víctima a través de amenazas o chantaje.
- Acoso Físico: Agresiones.
- Ciberbullying: Cuando los ataques son sufridos a través de internet o el teléfono móvil. Puede consistir en agresiones verbales, exclusión social o suplantación de la identidad, conocido también como ciberacoso.
Cómo identificar si nuestro hijo sufre de acoso escolar
- Cambios de comportamiento: Debemos permanecer alerta si el domingo por la noche se encuentra mal mientras que el fin de semana está contento, esto va acompañado de cambios de humor bruscos, disminución del rendimiento escolar, si deja de salir con sus amigos, no habla en casa y muestra ataques de cólera…
- Señales físicas: Si llega a casa con la ropa o material escolar roto, arañazos, morados, si pide más dinero del habitual para dárselo a los acosadores… Aunque esto no es tan frecuente ya que el acoso, mayormente, se ejerce de manera psicológica.
- Síntomas psicosomáticos: Si sufre mareos, dolor de cabeza al levantarse, palpitaciones, asfixia o alteraciones del apetito así como del sueño… etc.
Tus hijos son el bien más preciado que puedas tener. No lo dudes, frente al bullying o acoso escolar la pronta actuación de los padres o profesores en defensa de sus hijos y/o alumnos hará que el acosador sea identificado y, lo más importante, que el bullying cese por completo.