
abril 20, 2017
INCOTERMS. ¿Qué son? ¿Cuál es su función?
En el comercio internacional los mercaderes se han visto históricamente obligados a superar la barrera lingüística para llevar a buen puerto tratos de muy diversa índole y, habitualmente, de importantes consecuencias económicas.
La contratación mercantil internacional, y más concretamente la compraventa, está influida por una serie de, digamos, reglas aceptadas internacionalmente amparadas por la Cámara de Comercio Internacional que reciben el nombre de INCOTERMS (International Chamber of Commerce Trade Terms). Estas reglas atañen fundamentalmente al precio del contrato, siendo muy útiles puesto que, sin necesidad de interpretación, clarifican el precio, la transmisión de riesgos entre vendedor-comprador, el lugar de entrega de la mercancía, quién contrata y quién paga el transporte; quién contrata y quién paga el seguro y, finalmente, quién tramita los variados documentos que intervienen en el contrato y quién carga con su coste.
En una aproximación a los INCOTERMS, hablaré de los más relevantes en la práctica mercantil en la actualidad. Precisar que en su versión de 2010 son 11 INCOTERMS y están compuestos por tres letras. Su importancia deriva de su aceptación por la comunidad internacional, ya que técnicamente no son normas vinculantes. Veamos qué significan, a grandes rasgos, cada uno.
Dentro de los INCOTERMS, E significa que el vendedor pone a disposición del comprador una determinada mercancía en su local. Aparece únicamente en el INCOTERMS EXW (Ex Works), que significa “en fábrica”. A veces aparece simplemente como EW. Se refiere siempre a la salida de la mercancía.
De otro lado, F significa que el vendedor se encarga de entregar la mercancía a un medio de transporte escogido por el comprador. Se introduce cuando el vendedor no paga el transporte principal, lo que permite explicar la razón del empleo de la letra F: free, gratis.
Presenta las siguientes variantes:
- FCA (Free Carrier, transportista liberado). En este caso, el vendedor entrega al transportista elegido por el comprador la mercancía en el lugar acordado. Salvo que la entrega tenga lugar en el local del vendedor, el riesgo lo soporta el comprador.
- FAS/FOB. Estos INCOTERMS son exclusivos del transporte marítimo o por vías interiores de agua. Se diferencian por el momento en el que el vendedor queda libre de responsabilidad en cuanto a los riesgos que pueda sufrir la mercancía. En la venta FAS (Free alongside ship), es al entregar la mercancía al costado del buque. En la FOB (Free on board), cuando la mercancía supera la borda del buque.
Por lo que respecta a C (Cost, o coste), el vendedor contrata el transporte, pero sin asumir riesgos de pérdida o daños en la mercancía o costes adicionales después de cargarla y despacharla. Se introduce cuando el vendedor paga el transporte principal. Entre sus modalidades encontramos las siguientes:
- CFR: (Cost & Freight, Coste y flete) Al igual que los INCOTERMS FAS/FOB, es exclusivo para transporte marítimo o vías interiores de agua.
Implica que el vendedor se encarga de contratar el transporte (en este caso, el barco) y paga el flete hasta el destino estipulado en el contrato.
- CIF: (Cost, Insurance & Freight, Coste, flete y seguro) También exclusivo para transporte marítimo o vías interiores de agua.
El vendedor no sólo contrata el transporte (de nuevo, un barco) y paga el flete, sino que ahora también contrata un seguro para cubrir el riesgo de pérdida de la mercancía.
- CIP/CPT: La diferencia entre estos dos INCOTERMS estriba en si incluyen seguro o no, respectivamente. Se traducen como Carriage and Insurance Paid To/ Carried Paid To, esto es, Transporte y seguro pagado hasta/Transporte pagado hasta.
Por último, encontramos D, que significa que el vendedor soporta todos los gastos y asume todos los riesgos que implique transportar la mercancía al lugar de destino. Se refiere a la llegada y entrega (Delivered). Encontramos tres modalidades:
- DAT: Delivered at Terminal, esto es, entregada en terminal (y descargue del vehículo que la transportó). Terminal incluye cualquier lugar, cubierto o no, como un muelle almacén, estación de contenedores, o terminal de carreteras, ferroviaria o aérea.
- DAP: Delivered at Place, traducido como entregada en el lugar asignado (y lista para ser descargada del vehículo que la transportó).
- DDP: Delivered Duty Paid, que significa entrega en destino con todos los derechos pagados.
Como puede comprobarse, el incidente en la Torre de Babel pudo privar a la Humanidad de un único idioma, pero no ha socavado la imaginación del ser humano para introducir cláusulas autoexplicativas con tan solo tres letras en la contratación internacional, un terreno donde a día de hoy se evidencia la importancia capital del principio favor negotii y donde aflora la libre autonomía de la voluntad.