
febrero 12, 2020
Prescripción de delitos y penas
El concepto de prescripción de delito y de pena no es el mismo, la prescripción del delito es el tiempo que ha de transcurrir para que un delito no pueda ser juzgado ni perseguido. Por otro lado, la prescripción de la pena es el tiempo necesario para que la pena que se ha impuesto no pueda ser ejecutada.
De esta breve introducción se puede deducir que para que una pena prescriba ha de existir una sentencia condenatoria firme, mientras que para que un delito prescriba no tiene que haberse enjuiciado ese hecho delictivo.
Los plazos de prescripción de los delitos se encuentran en el artículo 131 del Código Penal, siendo éstos los siguientes:
– 20 años, cuando la pena máxima señalada en el delito sea la prisión de más de 15 años.
– 15 años, cuando la pena máxima señalada sea la inhabilitación por más de 10 años, o prisión de 10 a 15 años.
– 10 años, cuando la pena máxima sea prisión o inhabilitación de 5 a 10 años.
– 5 años, el resto de delitos, excepto la prescripción de 1 año que tienen los delitos leves, e injurias y calumnias.
Se ha de tener en cuenta que los delitos de terrorismo, lesa humanidad, genocidio y delitos contra las personas y bienes en caso de conflicto armado no tienen plazo de prescripción.
Por otro lado, encontramos el artículo 133 del Código Penal, en el cual se encuentran los plazos de prescripción de las penas, las cuales con:
– 30 años, cuando la pena de prisión sea superior a 20 años.
– 25 años, cuando la pena sea superior a 15 años de prisión e inferior a 20.
– 20 años, cuando la pena sea de inhabilitación por más de 10 años, y penas de prisión superiores a 10 años e inferiores a 15.
– 15 años, penas de inhabilitación superiores a 6 años e inferiores a 10, y las penas de prisión superiores a 5 años e inferiores a 10.
– 10 años, el resto de penas graves.
– 5 años, penas menos graves.
– 1 año, penas leves.
En este caso también debemos tener en cuenta que los delitos de lesa humanidad, genocidios, delitos contra las personas y bienes en caso de conflicto armado, y terrorismo, no prescribirán.
Para conocer cuáles son los diferentes tipos de penas, y saber diferenciar entre penas graves, menos graves y leves, se ha de tener en cuenta el artículo 33 del Código Penal.
Germán Martínez Gálvez
Departamento Jurídico