Reclamación por paralización de vehículos

junio 23, 2021

Reclamación por paralización de vehículos – Lucro Cesante

En la práctica, resulta bastante frecuente cuando se produce un siniestro entre vehículos que el responsable indemnice sin mayor demora los daños materiales que le haya causado al vehículo de contrario.

 

Lo que mucha gente desconoce es que, en aquellos casos en los se le han producido daños a un vehículo afecto a una actividad económica puede reclamarse también las cantidades que se hayan dejado de obtener por encontrarse el vehículo en reparación, lo que jurídicamente se conoce como reclamación del Lucro Cesante.

 

Bajo la dirección letrada de los profesionales de este despacho, se han realizado diversas reclamaciones por este concepto, en vehículos tales como taxis, camiones, alimentación itinerante… etc.

 

Sin embargo, no siempre es fácil poder acreditar estas pérdidas económicas inherentes a la paralización por lo que deberán de tenerse en cuenta diversos factores:

 

En primer lugar, es siempre necesario contar un documento acreditativo del taller de reparación donde se refleje forma fehaciente los días y horas exactos en los que el vehículo se ha encontrado en el propio taller, no siendo posible su utilización para los fines por los que su propietario lo adquirió.

 

En segundo lugar, y ya inmersos en la cuantificación de las pérdidas económicas que el propietario del vehículo hubiera obtenido por encontrarse el mismo en reparación, debemos de mencionar que, existen parámetros orientativos como los certificados gremiales, que, si bien pueden ayudarnos a calcular la posible indemnización por paralización, como acabamos de mencionar son simplemente orientativos, y no tendrá efectos imperativos para el cálculo del lucro cesante.

 

Por ello, y por lo que la experiencia nos ha demostrado en este tipo de reclamaciones, nos servirá de gran ayuda todo tipo de facturas encuadrables dentro del tiempo en el que el vehículo se haya encontrado paralizado y su comparativa con ejercicios contables anteriores, también podremos valernos de ofertas que hayamos tenido que rechazar por no poder utilizar el vehículo además de, Declaraciones de IRPF de años anteriores con respecto al ejercicio del siniestro.

 

En conclusión, recomendamos a todo aquel que haya visto mermados sus ingresos debido a una paralización de vehículo afecto a actividad económica que no dude en ponerse en contacto, desde este despacho podremos asesorarle con respecto a la reclamación por el lucro cesante además de los intereses legales que se hubieren devengado en el proceso.

 

 

Juan José Sánchez Callejas.

Abogado.

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