
septiembre 7, 2017
Twitter, la nueva jurisdicción popular
El pasado 3 de septiembre tuvo lugar un debate en Telecinco al que asistió uno de los pesos pesados de Ciudadanos, Inés Arrimadas. Al parecer, las opiniones vertidas por la líder de la formación naranja no eran compartidas por una televidente, que decidió expresar su descontento en las redes sociales, no con demasiado acierto, tampoco con demasiada prudencia.
En concreto, la televidente consideró que Arrimadas merecía ser “violada en grupo” por sus opiniones, expresión que quedó recogida en Facebook. La reacción de la líder de Ciudadanos en Cataluña no se hizo esperar vía Twitter, calificando el comentario de “muestra de odio” y advirtiendo de la inminencia de acciones legales. Ahora bien, parece que Arrimadas prendió una mecha que ya nadie pudo apagar, accionando el nuevo orden jurisdiccional de nuestros días: Twitter.
Montesquieu no podría imaginarse al concebir la teoría de la separación de poderes la inmensa fuerza que cobraría en nuestras sociedades contemporáneas el quinto poder, que se erige sin duda sobre las redes sociales. Y es que las consecuencias para la irascible telespectadora que no supo morderse la lengua a tiempo no se han hecho esperar ante el “Tribunal popular” que se ha constituido en el seno de la red social, devenida en una suerte de juez, jurado y verdugo en formato furiosamente digital.
Resulta que Inés Arrimadas es una tuitera con un buen número de seguidores que no han dudado en salir a escena a defender su honor ante el espantoso comentario que emitió la espectadora. Ante el alud de críticas, la televidente eliminó sus cuentas en las redes, pero desconocía que el término “red”, en este caso, es bastante literal y que Twitter parece diseñado por una criatura arácnida que se deleita con los incendios que asolan con demasiada frecuencia su cibertelaraña. Para cuando la ofensora había creído eliminar su rastro, su nombre completo y su perfil profesional habían surcado el vasto océano digital, llegando a conocimiento de su propia empresa, que en un comunicado oficial ha confirmado su despido, quien sabe si por miedo a ser juzgada por encubrimiento.
Los hechos acontecidos ofrecen no pocas reflexiones. En primer lugar, la fuerza que están cobrando las redes sociales en general, Twitter en particular, plantea unos cuantos interrogantes. ¿Debería controlarse? Y, en caso afirmativo, ¿puede realmente controlarse? Los comentarios vertidos en las redes sociales suelen estar marcados en numerosas ocasiones por el desprecio y amparados por el halo de invisibilidad que confiere la propia red a sus usuarios. De igual modo, es harto frecuente que estos comentarios deriven en corrientes de aversión que dañan injusta y gravemente el honor de otras personas. Dichas corrientes, denominadas popularmente virales –concepto no exento de cierta ironía para el que suscribe-, no son fáciles de predecir, no ya digamos controlar. En este caso, se han vuelto contra la ofensora, pero la casuística ofrece múltiples ejemplos en los que esto no siempre es así.
En segundo lugar, la fuerza devastadora de las corrientes de opinión que colisionan en las redes alcanza dimensiones que me producen cierta preocupación. El ser humano es, por naturaleza, sensible a la conciencia colectiva. La presión social, a través de plataformas como Twitter, está adoptando nuevas y peligrosas formas que son capaces de enjuiciar con mayor velocidad que cualquier órgano juzgador, aunque sin ninguna garantía o control, no ya digamos la prudencia e imparcialidad que presumimos en un Juez o Tribunal. Y todo ello con nefastas consecuencias para los perjudicados, que difícilmente pueden defenderse ante un enemigo etéreo que encuentra una facilidad pasmosa para la injuria.
La libertad de expresión es un derecho fundamental en nuestra Carta Magna por el que se ha, literalmente, sangrado a lo largo de la historia. El derecho al honor personal ostenta el mismo rango en la Constitución, no debe olvidarse. La libertad de expresar la opinión personal no debe ser obstáculo para alcanzar la sana calidad de la misma. Tan importante es expresarse como respetarse, puesto que, sin respeto, las opiniones carecen de fundamento en su contexto esencial: la comunicación.
En un Estado democrático, la pluralidad de opiniones resulta esencial, constituyendo un pilar fundacional de la propia democracia. Pero el insulto, la injuria y la desconsideración, aun siendo ramificaciones de la libertad de expresión, evidencian que ésta no es una libertad absoluta. Quizás, pienso, sea hora de hablar de calidad de expresión, sin olvidar nuestra libertad a emitir nuestro parecer sobre cualquier tema, con respeto a los demás.
El caso acontecido a Inés Arrimadas ha venido marcado en buena parte porque los vientos han soplado a su favor en la forma de una marabunta de enfervorecidos seguidores que han vapuleado a la ofensora por sus infames palabras. ¿Podría haber ocurrido al revés? Me temo que sí. En todo caso, parece claro que la afrenta es grave y puede tener consecuencias jurídicas, pero me pregunto si la persecución social, la estigmatización y la quema de la ofensora no evidencian un síntoma inquietante de nuestra sociedad en la que impera la necesidad de generar polémica por el placer de ver arder al adversario.
Por si acaso, Twitter debería considerar la inclusión en su logo de una advertencia rezando: Peligro. Altamente inflamable.
Jesús Soler Robles
Dpto. Jurídico de Lemat Abogados